martes, 23 de noviembre de 2021

Ambiente

 Murales, vallas, pendones y pasacalles que se instalen en Bogotá deben cumplir con normatividad ambiental

  • El llamado es para que no violen las normas ambientales y de publicidad exterior visual que regulan las vallas, afiches, pendones, murales y pasacalles.
  • En las fachadas únicamente está permitido emplear avisos con el nombre de los establecimientos que operan en cada inmueble.
  • Los murales no están permitidos para publicitar marcas o productos. Son únicamente para manifestaciones culturales o artísticas.
  • La Secretaría de Ambiente adelanta 3925 procesos sancionatorios, de los cuales 48 son sobre vallas convencionales para obras comerciales, 150 por vallas tubulares y 65 por murales. Entre 2020 y 2021 se iniciaron 908.
  • Pendones y pasacalles solo pueden ser utilizados con fines culturales, deportivos y actividades cívicas.
  • En Bogotá fijar afiches en espació público está completamente prohibido.
  • •La publicidad exterior visual en época electoral debe cumplir los lineamientos del Consejo Nacional Electoral y el Decreto 959 de 2000.


 La Secretaría de Ambiente hace un llamado a todas las personas y marcas comerciales que deseen utilizar publicidad exterior visual como murales, vallas, afiches, avisos, tableros electrónicos, pasacalles, pendones, colombinas, carteleras, mogadores, globos, entre otros, deben ajustarse al marco legal y cumplir con los requerimientos técnicos que están dispuestos en la reglamentación.

“Queremos recordarles a las marcas comerciales, a las agencias de publicidad y a los propietarios de edificios y de elementos de publicidad que es su obligación cumplir con la normatividad ambiental y de publicidad exterior visual. Está claramente establecido, en dos decretos distritales, cuáles son los elementos de publicidad exterior visual y las dimensiones que están permitidas”, aseguró la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia.

La Secretaría de Ambiente hace un llamado especial a todas las marcas comerciales para que no empleen elementos publicitarios no permitidos, se ajusten y cumplan con toda la normatividad ambiental establecida para la publicidad exterior visual en Bogotá.

Precisamente, la autoridad ambiental ya adelanta 3925 procesos sancionatorios contra empresas que presuntamente estaban infringiendo la normatividad ambiental al emplear elementos prohibidos de publicidad exterior visual. Empresas que promocionan series, televisión por demanda, licores, proyectos de vivienda, lácteos, entre otras, deberán responder por esta conducta, donde se le respetará el debido proceso. 


“Hemos notado, en los últimos meses, una frecuencia mayor de estos elementos no permitidos en Bogotá, marcas de lácteos, de televisión por demanda, de licores que desafortunadamente están incumpliendo la norma (…) La Secretaría de Ambiente quiere hacer un llamado a que cumplamos la norma, está claramente establecido que los afiches, carteles y papeles que se pegan en los muros de la ciudad están prohibidos”, agregó la secretaria de Ambiente.

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