Claves de la nueva reglamentación para uso de cascos de motociclistas
Director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis F. Lota, explicó
alcances de la regulación.
Además de los llamativos diseños, los cascos cuentan
con la debida certificación de seguridad y calidad.
Este sábado 23 de enero entra en vigor la nueva
reglamentación para el uso de cascos para los motociclistas en el país.
Esta se aplicará a quienes se movilicen en alguna de los más de nueve millones
de motos que hay registradas en Colombia. El director de la Agencia Nacional de
Seguridad Vial (ANSV), Luis Felipe Lota, explicó los alcances de esa resolución
expedida el año pasado.
Min transporté determinó que los usuarios de motos deberán
proteger totalmente su cabeza con los cascos y tenerlos debidamente ajustados
La
nueva resolución del Ministerio de Transporte, que busca reducir las muertes y
lesiones de gravedad que involucran a usuarios de motocicletas, comenzará a
regir desde el próximo 23 de enero y establece tres condiciones esenciales para
el uso de los cascos.
Según
Min transporté, la primera medida fundamental tiene que ver con que la cabeza
del usuario de moto debe estar totalmente protegida por el casco, para ofrecer
una verdadera protección. Esto significa también, que el casco debe estar
correctamente abrochado, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
En
segundo lugar, la resolución señala que no se podrán portar dispositivos
móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el
casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que
permitan tener las manos libres. Y en el tercer requerimiento, la medida indica
que los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos como abatibles o
modulares, son válidos siempre y cuando estén adecuadamente cerrados y
asegurados mientras se está en movimiento.
Sin
embargo, es clave decir que los motociclistas no tendrán que renovar o comprar
nuevos cascos, pero sí se recomienda hacer el cambio cuando el casco haya
sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o alguna de las partes
del artículo este averiado y afecte la protección integra al usuario.
En
cuanto a las multas por incumplir las nuevas disposiciones para los usuarios de
motos, estas serían las que ya se encuentran definidas por la ley.
Los
conductores y acompañantes que no acaten lo previsto en el documento incurrirán
en las sanciones previstas en el literal c del artículo 131 de la Ley 769 de
2002, que corresponde al pago de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes,
es decir, $438.900, durante 2020. A la vez, el agente de tránsito estará en la
potestad de inmovilizar la moto en el momento que el conductor o su acompañante
no porten el casco mientras el automotor está en movimiento.
Para
Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, esta nueva
resolución es un aporte "valioso al trabajo que se viene desarrollando
desde la entidad para proteger la vida de los motociclistas en la vía". El
funcionario señaló que se trata de un ejercicio que está alineado con las
recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la necesidad
de contar con normas enfocadas a la calidad y el uso adecuado de cascos para
motociclistas.
“Con
esta Resolución se busca que los motociclistas y sus acompañantes cumplan con
unas condiciones mínimas al momento de utilizar el casco. Esto, sumado a la
calidad del producto, garantiza que el desempeño del casco protector puede
evitar o mitigar lesiones craneoencefálicas que el usuario pueda sufrir en caso
de un siniestro vial", dijo Lota.
Y
es que el reporte más reciente arroja que el trauma craneano representa 32,4%
de fatalidades de usuarios de moto, mientras que el politraumatismo un 58%.
Según la OMS, los cascos son efectivos en reducir lesiones en la cabeza de los
motociclistas en 69% y de muerte en un 42%.
Para
el organismo internacional de salud, es claro que un país tiene un buen marco
normativo de casco cuando se imponen tres condiciones: el uso obligatorio del
casco para conductores y acompañantes, el uso obligatorio en todas las vías del
país, y el uso obligatorio en cualquier cilindraje de motocicleta.
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